VITORIA Y SUS RELACIONES FISCALES CON LA CORONA EN LOS SIGLOS XVII Y XVIII

Egileak

  • MARÍA ROSARIO PORRES MARIJUÁN

Laburpena

La característica principal de la fiscalidad vitoriana en su relación con el Estado es muy semejante a la fiscalidad alavesa. Ambas gozaban de exenciones parecidas y por el contrario, eran gravadas por las mismas figuras fiscales, aunque su gestión se tramitaba con total separación e independencia. Su contribución a la hacienda estatal viene dada por la alcabala, donativos voluntarios y servicios de hombres armados. A continuación estudia la evolución de la alcabala entre los S.XVI y XVIII, sus mecanismos de recaudación y financiación. Los donativos eran contribuciones ocasionales voluntarias en principio, cuyo montante solía ser fijado por acuerdo entre las partes. Con el tiempo se convirtió en algo normal. El cumplimiento del servicio militar de los naturales de las provincias vascas se regía por las normas privilegiadas de sus fueros, en cuanto a extensión y financiación y se ceñía a los tiempos de guerra y a la defensa ordinaria de su propio territorio en ocasiones de invasión exterior

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Argitaratuta

2018-03-14